Producción

2008. Santiago Cirugeda. CONSTRUYE TU CASA EN UNA AZOTEA (textos publicados)

ALQUILER DE AZOTEAS
Instale apartamentos reversibles en la azotea de su edificio
Una manera de crear vivienda en arrendamiento sin coste de suelo
Servicio de asesoría y construcción gratuito:
·    Redacción del contrato de arrendamiento
·    Estudios de sobrecargas e instalaciones
·    Materiales y dirección del montaje.

 

BOLETÍN INFORMATIVO

- Dentro de una tendencia con marcada herencia histórica, como es la de realizar construcciones en azoteas y terrazas, habitualmente utilizadas para ampliar las viviendas, consolidar una nueva o construir  trasteros, se plantea en la instalación de una de estas construcciones, con el fin de dar solución al acceso a la vivienda a D. ….....

- Fiel al respeto en la convivencia entre vecinos, y de acuerdo con la ley de Propiedad Horizontal del Código Civil, se insta a los copropietarios a dar su conformidad para dicha instalación, siempre y cuando se cumpla lo descrito en el convenio de régimen interno suscrito por los diferentes representantes de la comunidad de vecinos.

- La construcción en cuestión es de tipo ligero, de obra seca y reversible. Construida con forjados de madera, estructura de acero, y elementos de cerramiento ligeros, nunca utilizará fábrica de ladrillo. Todo este sistema permite la reversibilidad de la vivienda, y su  posible desmontaje sin generar ningún daño a la estructura del inmueble en el que se deposita, cuestión fundamental en la consideración dentro del Código Civil, como bien mobiliario.

El arquitecto Santiago Cirugeda, redactor de la propuesta, lleva realizadas, desde el año 2000, varias situaciones de autoconstrucción en cubiertas, que han generado una buena convivencia entre vecinos, un aporte económico para  el arreglo de elementos comunes del inmueble, y que ha permitido el acceso a una vivienda a personas con una capacidad económica reducida.

* Nota: ver alquiler de azoteas en www.youtube.com

 

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CONVENIO   DE   RÉGIMEN   INTERNO
Comunidad de propietarios del inmueble situado en el Nº

La comunidad de copropietarios, del inmueble situado en el número    de la calle, y cuyos representantes: (listado)
D.
D.
D.
D.
Dª.

a partir de ahora, la comunidad, reunidos con :
D.    , a partir de ahora el nuevo inquilino, y
D. Santiago Cirugeda,  a partir de ahora el arquitecto, firman el presente convenio.

PRIMERO
La comunidad permitirá que el nuevo inquilino instale en la cubierta superior del ático una vivienda reversible, de obra seca, de acuerdo al proyecto del arquitecto Santiago Cirugeda, que se hace responsable de la estabilidad de la misma y de la azotea en la que se instala.

Dicha construcción se equipara al resto de ampliaciones de viviendas y trasteros que se pueden observar en numerosas edificaciones vecinas. En nuestro caso, nunca superará el 30% marcado por la ordenanza municipal, de la superficie donde se instala.


SEGUNDO
Que el nuevo inquilino correrá con los gastos de montaje, y evitará, en la medida de lo posible cualquier inconveniente a la hora del acopio y subida de materiales. El montaje, que no necesita maquinara ruidosa, se hará en horas laborales, y fines de semana.


TERCERO
Por el uso de dicha cubierta, el inquilino pagará un alquiler mensual de 200 euros, durante 5 años, que revertirá en beneficio de la comunidad.
Igualmente afrontará los gastos de comunidad que estén en vigor, por tiempo indefinido, durante el cual estará la vivienda instalada.


CUARTO
Las acometidas eléctricas y conexión con bajantes y tomas de agua, se realizarán a través del inmueble situado en el ático, pudiendo formalizarse con el  propietario del mismo, el contrato de arrendamiento que justifique el ingreso a la comunidad, y el empadronamiento del inquilino.


QUINTO
No se podrá transmitir por venta, dicha vivienda. Quedando el uso reservado al inquilino en cuestión y  la pareja del mismo. El régimen de convivencia será el mismo que asumen el resto de inquilinos, primando el respeto al descanso, y la buena convivencia entre los mismos.

SEXTO
Cualquier obra para facilitar el acceso a la azotea, así como cualquier daño que se pudiera generar en la misma, correrá a cargo del nuevo inquilino.


SÉPTIMO
Cualquier solicitud, por parte de la administración, que pueda ser requerida para la estabilización del inmueble, así como la constitución de la legalidad del mismo, será solucionada bajo la responsabilidad del Arquitecto.

Madrid  2007

Firmado: Los representantes de la comunidad

D.                                                                 D.


D.                                                                D.


Dª.                                                               Dª


Fdo: D.            El nuevo inquilino.                 Fdo: D.Santiago Cirugeda. El Arquitecto.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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